A ordenar el tránsito de motocicletas y reducir accidentes

¿Cómo se permite un anuncio de motocicletas y los conductores no tienen CASCO PROTECTOR, promoviendo esta violación a la LEY en un evento de tanta audiencia como el béisbol?
¿Cómo multamos a los que incumplen con el uso del CASCO PROTECTOR?
Es orden y respeto a la autoridad, exijamos a las autoridades que sean proactivas.
Emmanuel García Musa
Por Emmanuel García Musa 
 1. Se prohibe el uso de motocicletas de dos ruedas para transporte o entrega de mercancías (llamados deliveris) de colmados, mini markets, super mercados y otros afines, exceptuando mensajeros de otro tipo de empresas, mototaxis registrados de un pasajero o con remolque, motocicletas de uso privado o familiar.
2. El reparto de mercancías u otro servicio será en motores de tres ruedas tipo triciclos o de dos ruedas con un remolque de dos ruedas o bicicletas con canasto.
3. Todo dueño de negocios q brinde este servicio será responsable civil ante terceros por los daños causados por sus empleados o comisionistas. Debe garantizar las condiciones del punto 4.
P. se dispondrá un levantamiento con la base de datos de las empresas distribuidoras de mercancías para ubicar los comercios en cuestión.
P.- Se evaluará el seguimiento a esta disposición, estableciendo restricciones al suministro de inventario por parte de estas empresas distribuidoras.
4. Todo conductor de motocicletas deberá portar licencia, seguro del vehículo, casco protector, luces en 
buen estado, señalización lumínica y rótulo del negocio al que sirve.
P-a, deberá haber completado cursos y talleres de tránsito acreditado por las autoridades correspondientes.
P-b, los conductores de bicicletas de canasta deberán portar casco, luces en buen estado, señalización lumínica y rótulo del negocio al que sirve.
5. Toda motocicleta o bicicleta de canasta descrita en el punto 1 e independiente de su uso, debe transitar en la fila de vehículos. Se prohibe el rebase por laterales, aceras, contenes, invadir carriles contrarios o salir de su carril. Solo cuando la fila de vehículos está detenida, por ejemplo en un semáforo podrá avanzar entre las filas sin invadir el carril contrario.
6. Conductor q cometa imprudencia o violación a la ley de tránsito pierde el derecho de reclamo y exonera de sanciones al conductor afectado por su imprudencia, debiendo resarcir por completo el daño causado por su acción.
Transitorio.- se iniciará en dos municipios (pilotos) con diferencia marcada en número de habitantes para ir adecuando paulatinamente hasta completar en todo el territorio nacional.